Si el consorcio estuviese adscrito a la Administración que ha ejercido el derecho de separación, tendrá que acordarse por el consorcio a quién se adscribe, de las restantes Administraciones o entidades u organismos públicos vinculados o dependientes de una Administración que permanecen en el consorcio, en aplicación de los criterios https://consorcio15925.blogdomago.com/30861457/everything-about-melhores-consorcios